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Derechos de autor y piratería

Por Omar Pérez Santiago

 

He leído recientemente en la prensa que la empresa Motion Picture Licesing Corporation ha anunciado que venderá licencias de más de 40 estudios, para las exhibiciones comerciales de películas; tema que, al parecer, aún no había sido regulado en Chile.

Sin embargo, con sorpresa leo además, que esta empresa anuncia que de ahora en adelante, todas las universidades, centros comunitarios y culturales, clubes deportivos, y otras instituciones de carácter social y sin fines de lucro, deberían pagar licencias por las películas que exhiban. La empresa ha colocado una tarifa anual.

Mi extrañeza se produce por el simple hecho que ese cobro de licencias no está de acuerdo con la actual ley 17.336 de derechos de propiedad que en su artículo 47 postula que: "Para los efectos de la presente ley no se considera comunicación ni ejecución publica de la obra, inclusive tratándose de fonogramas, su utilización dentro del núcleo familiar, en establecimientos educacionales, de beneficencia u otras instituciones similares, siempre que esta utilización se efectué sin ánimo de lucro. En estos casos no se requiere remunerar al autor, ni obtener su autorización."

Como vemos estamos aquí frente a un exceso del uso de la ley de propiedad intelectual y no es admisible ni permisible legalmente que una empresa, cualquiera que esta sea, se asigne facultades para el cobro de licencias en estos casos. Cobrarles por la sola exhibición de una película a institutos culturales sería como cobrarles derechos de autor a las bibliotecas por que prestan libros gratuitos a sus usuarios.

El tema del derecho de propiedad intelectual está en el centro del debate, principalmente por el tema de la piratería. Lo que, sin embargo, no sería posible permitir, y sería un desenfreno, es que algunas instituciones educativas, con el argumento del apoyo educativo, comenzaran a copiar videos, software u otras obras de creación. Pero esto ocurre, de modo muy real y desde hace muchos años, con los libros. La infracción a las normas del derecho de propiedad intelectual se produce ampliamente en el ámbito universitario, concretamente con reproducciones y fotocopias de las obras literarias, sean éstas de carácter técnico, científico o literario.

Los escritores debemos reprochar la fotocopia de los libros que se aviva desde los institutos superiores. Las universidades e institutos chilenos tienen el mal hábito de instalar fotocopiadoras en sus recintos, dejando así de pagar los derechos de autor. Ese es una infracción a la industria del libro -escritores, editores y distribuidores- que hasta hoy, muy pocos se han atrevido a cuestionar.

Mientras se mantienen campañas muy diligentes en contra de la piratería de libros en las calles, se omite que uno de los centros de piratería de libros, son instituciones educativas de prestigio, como las universidades.

El problema del acceso a los libros, -o de películas y CD- en los institutos superiores se resuelve -si estos desean cumplir con su rol educativo- por la vía de que esas corporaciones compren libros, películas o CD y mantengan actualizadas sus bibliotecas, hemerotecas y videotecas, para uso gratuito de sus alumnos. Es decir, exigirles a las universidades e institutos en general que, efectivamente, protejan bibliotecas modernas y contemporáneas.

Pero esto no tiene nada que ver con los propósitos de una empresa de cobrar licencias a instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, como ha sido anunciado ahora por la prensa.



 

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Omar Pérez Santiago: Derechos de autor y piratería.
Abril de 2004